Administrativo · Prestaciones
Si te han denegado el Ingreso Mínimo Vital, una prestación del SEPE o la Renta Social Garantizada de Baleares, no te rindas. Hay plazos cortos para reclamar y te ayudamos a hacerlo bien.
En resumen
Una denegación de IMV y prestaciones de la Seguridad Social o del SEPE no es definitiva. Antes de ir al juzgado hay que presentar una reclamación previa ante el organismo que te denegó (artículo 71 de la Ley reguladora de la jurisdicción social).
Estos plazos son cortos. Si recibes una carta del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o del SEPE que no entiendes, escríbenos cuanto antes.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación de la Seguridad Social para personas y familias en situación de vulnerabilidad económica. Lo reconoce el INSS (Ley 19/2021).
Entre los requisitos principales están:
Motivos de denegación que conviene revisar: problemas con la residencia legal, errores en la unidad de convivencia (quién vive contigo), ingresos o patrimonio mal calculados o falta de documentos.
Primera valoración gratis. Si necesitas una consulta completa, son 30 minutos por 30 €, que te descontamos si contratas el trámite con nosotras.
Te respondemos en menos de 24 horas laborables. También por teléfono: +34 627 65 27 23. Atendemos en castellano, catalán, gallego, inglés y árabe.La Renta Social Garantizada es una prestación del Govern de les Illes Balears (Ley 5/2016) para personas en situación de vulnerabilidad económica. Según la sede electrónica del Govern, entre sus requisitos están:
Con la solicitud se aporta, entre otros documentos, la solicitud o resolución del IMV, o una declaración responsable de no poder pedirlo. Es decir, las dos ayudas se coordinan.
Si te deniegan la Renta Social Garantizada, la propia resolución indica qué recurso cabe y en qué plazo. Revísalo enseguida.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona la prestación y el subsidio por desempleo. Te lo pueden denegar, suspender o reclamarte dinero que, según ellos, cobraste de más.
En todos estos casos, el camino es el mismo: reclamación previa ante el SEPE en 30 días y, si la rechazan, demanda ante el juzgado de lo social.
Casos típicos: no haber pedido la prestación a tiempo, no renovar la demanda de empleo, un viaje al extranjero sin comunicarlo o diferencias en las cotizaciones. En Menorca es frecuente el trabajo de temporada, así que conviene revisar bien los periodos cotizados.
Si además tienes un problema con tu empresa, mira nuestra página de derecho laboral.
Así lo hacemos contigo:
Vemos qué te deniegan, por qué motivo y qué plazo indica la carta.
Comprobamos residencia, empadronamiento, unidad de convivencia, ingresos y cotizaciones.
Presentamos la reclamación con los documentos que faltaban y los argumentos legales, dentro de los 30 días.
Si la reclamación se rechaza o no contestan en 45 días, valoramos la demanda en el juzgado de lo social en 30 días.
Según la prestación, te pediremos:
Las cuantías y umbrales de estas ayudas cambian cada año, por eso no los indicamos aquí: los revisamos con la normativa vigente en tu caso. Esta página es información general y cada caso requiere un estudio personal. Actualizado en septiembre de 2026.
Presenta una reclamación previa ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social en 30 días desde que te notifican la denegación. Aporta los documentos que faltaban y explica por qué cumples los requisitos. Si la rechazan o no contestan en 45 días, puedes demandar ante el juzgado de lo social en 30 días.
Si pasan seis meses desde que la solicitud entró en su registro sin que te notifiquen la resolución, se entiende desestimada. Desde ese momento puedes presentar la reclamación previa. No esperes indefinidamente: guarda el justificante de la fecha en que presentaste la solicitud.
Sí, si tienes residencia legal y efectiva en España y la has tenido de forma continuada al menos durante el año anterior a la solicitud, además de cumplir el resto de requisitos. No se exige ese año a víctimas de trata o de violencia de género, ni a menores incorporados a la familia por nacimiento, adopción o reagrupación.
Las dos ayudas se coordinan. Para pedir la Renta Social Garantizada de Baleares se aporta la solicitud o la resolución del IMV, o una declaración de no poder pedirlo. Qué cantidad puedes recibir de cada una depende de tus ingresos y de tu unidad de convivencia. Revisamos tu caso con la normativa vigente.
Treinta días desde que te notifican la resolución del SEPE para presentar la reclamación previa. El SEPE tiene 45 días para contestar. Si no lo hace o la rechaza, tienes 30 días para presentar demanda ante el juzgado de lo social. Los plazos son cortos: actúa desde el primer día.
Sí, si la Administración considera que lo cobraste indebidamente, por ejemplo por un cambio de ingresos no comunicado. Te notificarán una resolución de reintegro. Puedes impugnarla con la reclamación previa y, según el caso, pedir facilidades de pago. Revisamos si el cálculo es correcto.
No es obligatorio. Puedes presentarla tú en la sede electrónica o en una oficina del INSS o del SEPE. Pero una reclamación bien argumentada, con los documentos correctos, evita perder tiempo y prepara el camino si luego hay que ir al juzgado de lo social. Te ayudamos a revisar tu caso antes de que venza el plazo.
Hay varios motivos de denegación del Ingreso Mínimo Vital que conviene revisar. Por ejemplo, problemas con la residencia legal o errores en la unidad de convivencia, es decir, quién vive contigo. También ingresos o patrimonio mal calculados, o falta de documentos. Lee el motivo en la resolución y revísalo pronto: tienes 30 días para la reclamación previa.
Puedes pedir el Ingreso Mínimo Vital, pero con un requisito más. Si lo pides solo y tienes menos de 30 años, debes haber vivido de forma independiente al menos dos años. También se exigen requisitos de alta en la Seguridad Social, salvo excepciones. Además, debes cumplir la residencia legal y la vulnerabilidad económica.
Para reclamar una prestación denegada suele hacer falta la resolución de denegación y el justificante de tu solicitud. También el DNI, NIE o TIE de todas las personas que viven contigo. Suma el certificado de empadronamiento histórico y colectivo y el libro de familia. Y también la vida laboral, nóminas, declaraciones de la renta y extractos bancarios.
Puedes pedir la Renta Social Garantizada si cumples sus requisitos. Debes estar empadronado en un municipio de Baleares, como Ciutadella o Maó, al solicitarla. También acreditar al menos doce meses de residencia en las Illes Balears, con excepciones, y estar en vulnerabilidad económica. Si te la deniegan, la resolución indica qué recurso cabe y en qué plazo.
La primera valoración de tu prestación denegada es gratis. Si necesitas una consulta completa, son 30 minutos por 30 €, que te descontamos si contratas la reclamación con nosotras. Antes de empezar te damos un presupuesto cerrado. Montse Seijas Abogados atiende en Ciutadella y Maó, en castellano, catalán, gallego, inglés y árabe.
Abogada. Colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), n.º 34951.
Ejerce la abogacía desde 2010. Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona. Redacta y firma las guías jurídicas de esta web.
Esta información es general y está actualizada en septiembre de 2026. Cada caso es distinto: antes de presentar cualquier solicitud, consulta tu situación concreta con una abogada. No garantizamos resultados; sí te decimos con claridad qué opciones tienes.
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