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Laboral · Accidentes

Accidente de trabajo: tus derechos y cómo reclamar

Si te has lesionado trabajando o de camino al trabajo, la ley te protege más que en una baja normal. Te explicamos qué cuenta como accidente laboral, qué cobras y qué puedes reclamar.

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En resumen

Qué es
Una lesión sufrida con ocasión o por consecuencia de tu trabajo
Baja
75 % de la base reguladora desde el día siguiente a la baja
Cotización previa
No se exige
Recargo por falta de seguridad
Del 30 al 50 %, a cargo de la empresa

Qué es un accidente de trabajo

La Ley General de la Seguridad Social define el accidente de trabajo como toda lesión corporal que sufres con ocasión o por consecuencia del trabajo que haces por cuenta ajena.

La ley también considera accidente de trabajo, entre otros:

  • El que sufres al ir o al volver del trabajo (lo que se llama accidente in itinere).
  • El que ocurre haciendo tareas distintas a las tuyas por orden de la empresa, o por iniciativa propia para que la empresa funcione bien.
  • Las enfermedades que contraes por hacer tu trabajo, si se prueba que el trabajo fue su única causa.
  • Las enfermedades que ya tenías y que se agravan por el accidente.

Y hay una regla muy importante: se presume que es accidente de trabajo cualquier lesión que sufras durante el tiempo y en el lugar de trabajo, salvo prueba en contra.

Qué no se considera accidente de trabajo

No es accidente de trabajoSí lo sigue siendo
El causado por fuerza mayor ajena al trabajoLa insolación, el rayo y fenómenos parecidos: la ley no los considera fuerza mayor ajena
El causado a propósito o por imprudencia temeraria del trabajadorEl debido a la imprudencia profesional que nace de la confianza en el trabajo habitual

Lo que te corresponde durante la baja

75 %De la base reguladora, desde el día siguiente a la baja
0 díasDe cotización previa exigidos para las prestaciones por accidente
30–50 %Recargo de las prestaciones si faltaban medidas de seguridad
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Tus derechos aunque la empresa no te diera de alta

A efectos de accidente de trabajo, la ley te considera de alta de pleno derecho en la Seguridad Social, aunque tu empresa no cumpliera su obligación de darte de alta. Además, en las prestaciones por accidente no se exige un periodo mínimo de cotización.

Si la empresa incumplió sus obligaciones, la ley prevé que pueda responder del pago de las prestaciones. En los casos que fija la normativa, la entidad gestora o la mutua adelanta el pago y después reclama a la empresa.

Equipo de protección: guantes y casco

El recargo de prestaciones: cuando faltaban medidas de seguridad

Si el accidente se produce porque la empresa no tenía los medios de protección obligatorios, los tenía en mal estado o no cumplía las medidas de seguridad y salud, todas las prestaciones por ese accidente se aumentan entre un 30 y un 50 %, según la gravedad de la falta.

Este recargo lo paga directamente la empresa. La ley prohíbe asegurarlo o trasladarlo a otro: es nulo cualquier pacto para cubrirlo. Y es compatible con otras responsabilidades, incluso penales.

Además del recargo, puedes reclamar a la empresa una indemnización por los daños y perjuicios sufridos. Si el accidente te deja secuelas graves que te impiden totalmente hacer tu trabajo habitual y necesitas ayuda de otra persona para lo más básico, tienes derecho a asistencia jurídica gratuita para reclamar la indemnización, sea cual sea tu nivel de ingresos.

Qué hacer después de un accidente de trabajo

Estos pasos protegen tu salud y tus derechos.

  1. Busca atención médica

    Acude a la mutua de tu empresa o, si es urgente, al centro sanitario más cercano. Di siempre que ha sido en el trabajo o de camino.

  2. Avisa a la empresa

    Comunica el accidente cuanto antes y pide que quede constancia por escrito, con la fecha, la hora y el lugar.

  3. Reúne pruebas

    Fotos del lugar, nombres de testigos, partes médicos y mensajes. Si faltaban medidas de seguridad, anótalo.

  4. Revisa cómo te dan la baja

    Comprueba que figura como accidente de trabajo y no como enfermedad común. La diferencia en lo que cobras es importante.

  5. Valora la reclamación

    Recargo, indemnización por daños o incapacidad permanente si quedan secuelas. Los plazos son cortos: calculamos los tuyos.

Si eres extranjero

Si tienes autorización de residencia y trabajo, tus derechos ante un accidente laboral son los mismos que los de cualquier trabajador.

Si trabajabas sin autorización, la Ley de Extranjería dice que eso no impide obtener las prestaciones derivadas de los convenios internacionales de protección de los trabajadores, siempre que sean compatibles con tu situación. Hay que estudiar tu caso concreto.

Otro dato importante: la ley no permite, salvo excepciones graves, expulsar a quien cobra una prestación por incapacidad permanente derivada de un accidente de trabajo ocurrido en España. Más información en derechos laborales de trabajadores extranjeros.

Información general

Datos revisados en septiembre de 2026 con la Ley General de la Seguridad Social y la información de la Seguridad Social. Tu convenio colectivo puede mejorar lo que cobras durante la baja. Cada accidente requiere un estudio personal.

Preguntas frecuentes sobre el accidente de trabajo

¿Cuánto cobro de baja por accidente de trabajo?

Con una baja por accidente de trabajo cobras el 75 % de la base reguladora desde el día siguiente. Es la prestación de incapacidad temporal, y lo mismo vale para la enfermedad profesional. Es más favorable que la baja por enfermedad común, que empieza con un porcentaje menor. Además, tu convenio colectivo puede prever un complemento a cargo de la empresa.

¿Un accidente yendo al trabajo cuenta como laboral?

Sí. La ley considera accidente de trabajo el que sufres al ir o al volver del lugar de trabajo. Se llama accidente in itinere. Suele exigirse que ocurra en el trayecto habitual y en un tiempo razonable. Si tienes dudas porque hiciste una parada o cambiaste de ruta, consulta tu caso concreto.

¿Necesito haber cotizado un mínimo para cobrar por accidente de trabajo?

No. La Ley General de la Seguridad Social no exige cotizar antes para cobrar por accidente, sea o no laboral. Por eso tienes derecho a la protección aunque lleves poco tiempo en la empresa. Eso sí, debes cumplir el resto de requisitos.

¿Qué pasa si mi empresa no me había dado de alta?

La ley te considera en alta de pleno derecho a efectos de accidente de trabajo aunque la empresa no cumpliera. La empresa puede tener que responder del pago de las prestaciones y ser sancionada. Es importante que el accidente quede bien documentado desde el primer día, con partes médicos y testigos.

¿Qué es el recargo de prestaciones?

Es un aumento del 30 al 50 % de todas las prestaciones que cobres por el accidente. Se aplica cuando el accidente se debe a la falta de medidas de seguridad. Lo paga directamente la empresa y no se puede asegurar. Es compatible con la indemnización por daños y perjuicios y con otras responsabilidades de la empresa, incluso penales.

¿Me pueden despedir estando de baja por accidente de trabajo?

Estar de baja no impide por sí solo un despido. Pero la empresa debe tener una causa real y cumplir la forma. Si el despido se debe a tu baja o a tu accidente, puede ser improcedente o, según el caso, nulo. Recuerda que tienes solo 20 días hábiles para reclamar el despido.

¿Qué pruebas conviene guardar tras un accidente laboral?

Guarda los partes médicos y de baja, y fotos del lugar y de la máquina o herramienta. Anota los nombres y teléfonos de los testigos. Conserva cualquier mensaje con la empresa sobre lo ocurrido. Si faltaban protecciones, apúntalo cuanto antes. Estas pruebas sirven para el recargo, para una indemnización y para defender que el accidente fue laboral.

Me he lesionado trabajando en Menorca, ¿qué hago ahora?

Tras un accidente de trabajo, lo primero es buscar atención médica. Acude a la mutua de tu empresa o, si es urgente, al centro sanitario más cercano. Di siempre que ha sido en el trabajo o de camino. Avisa a la empresa y pide constancia por escrito con fecha, hora y lugar. Después, comprueba que la baja figura como accidente de trabajo.

Me han dado la baja como enfermedad común, pero fue en el trabajo, ¿qué hago?

Si tu accidente de trabajo figura como enfermedad común, conviene revisarlo cuanto antes. La diferencia en lo que cobras es importante. Por accidente de trabajo cobras el 75 % de la base reguladora desde el día siguiente a la baja. Además, se presume accidente de trabajo cualquier lesión en el tiempo y el lugar de trabajo, salvo prueba en contra.

Trabajaba sin papeles y tuve un accidente laboral, ¿tengo derechos?

Puedes tener derechos, aunque trabajaras sin autorización cuando tuviste el accidente de trabajo. Según la Ley de Extranjería, eso no impide cobrar prestaciones de los convenios internacionales de protección de los trabajadores. Deben ser compatibles con tu situación, así que hay que estudiar tu caso. Con autorización, tus derechos son los de cualquier trabajador.

¿Puedo pedir una indemnización a la empresa por el accidente?

Sí, puedes reclamar a la empresa una indemnización por los daños y perjuicios del accidente de trabajo. Es compatible con el recargo de prestaciones. A veces quedan secuelas graves que te impiden totalmente hacer tu trabajo habitual. Si además necesitas ayuda de otra persona para lo más básico, tienes asistencia jurídica gratuita. Ese derecho no depende de tus ingresos.

¿Cuánto cuesta un abogado para un accidente laboral en Menorca?

Para un accidente de trabajo, la primera valoración es gratis. Si necesitas una consulta completa, son 30 minutos por 30 €. Se descuentan si contratas la reclamación con Montse Seijas Abogados. Antes de empezar, te damos un presupuesto cerrado. Atendemos en Ciutadella y Maó y respondemos en menos de 24 horas laborables.

CT

Carla Tortajada

Abogada. Colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), n.º 34951.

Ejerce la abogacía desde 2010. Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona. Redacta y firma las guías jurídicas de esta web.

Fuentes oficiales consultadas

Esta información es general y está actualizada en septiembre de 2026. Cada caso es distinto: antes de presentar cualquier solicitud, consulta tu situación concreta con una abogada. No garantizamos resultados; sí te decimos con claridad qué opciones tienes.

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Said B. · Google, Ciutadella, junio de 2026
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