Contratación en origen · Países
Qué vía encaja, qué consulado tramita el visado, qué documentos necesita el trabajador y cuánto tardan los plazos legales si tu empresa quiere contratar en Marruecos.
En resumen
Contratar trabajadores de Marruecos desde España es pedir una autorización de residencia y trabajo para una persona que vive en Marruecos. Cuando se concede, esa persona solicita el visado en el consulado español de su zona. Tu empresa tramita la autorización aquí; el trabajador, el visado allí.
Marruecos es uno de los ocho países con los que España tiene un acuerdo de flujos migratorios laborales. Ese acuerdo no crea un permiso especial: las vías son las mismas que para cualquier país. Pero da preferencia a Marruecos en la gestión colectiva de contrataciones en origen (GECCO) y fija cómo se hace la selección.
Guía para la empresa española, actualizada en septiembre de 2026.
España y Marruecos firmaron en Madrid, el 25 de julio de 2001, un Acuerdo sobre mano de obra. Se publicó en el BOE el 20 de septiembre de 2001 y está en vigor desde el 1 de septiembre de 2005.
Lo que implica para tu empresa:
En 2026 empieza además WAFIRA II (2026–2028), un programa de migración circular que acompañará a 3.000 trabajadores marroquíes, en su mayoría mujeres, empleados por temporada en España y Francia. Lo anunció el Ministerio de Inclusión el 30 de diciembre de 2025.
Lo que decide la vía no es el país, sino cuántas personas necesitas, para cuánto tiempo y si la ocupación está en el Catálogo.
| Vía | Cuándo encaja | Qué exige | Plazo legal clave |
|---|---|---|---|
| Individual con Catálogo | La ocupación está en el Catálogo de difícil cobertura de tu provincia | Autorización inicial (modelo EX-03) sin probar falta de candidatos | Resolución en 3 meses; silencio negativo |
| Individual con oferta de empleo | La ocupación no está en el Catálogo | Oferta en el servicio público de empleo: 8 días y certificado de insuficiencia en 3 días | Resolución en 3 meses; silencio negativo |
| Temporada individual | Campañas de hasta 9 meses al año | Contrato fijo-discontinuo, alojamiento, seguro médico hasta el alta y viajes | Presentar al menos 2 meses antes; resolución en 1 mes |
| GECCO circular (la estable no admite ofertas en 2026) | 10 puestos o más por oferta, que pueden sumar varias empresas | Oferta a la Delegación o Subdelegación del Gobierno y selección en Marruecos | Presentar al menos 3 meses antes; resolución en 1 mes |
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Te respondemos en menos de 24 horas laborables. También por teléfono: +34 627 65 27 23. Atendemos en castellano, catalán, gallego, inglés y árabe.En la vía individual, la solicitud va a nombre de una persona concreta: tu empresa ya sabe a quién quiere contratar. En GECCO, la selección la hace en Marruecos una comisión de selección con autoridades de los dos países. Tu empresa puede participar directamente o con un representante acreditado (Orden ISM/1547/2025, art. 19.4).
Buscar candidatos para otra empresa es intermediación laboral: solo puede hacerlo una agencia de colocación autorizada o, en GECCO, la comisión. Nosotras no seleccionamos personal. Te orientamos sobre las vías legales de selección y tramitamos toda la parte jurídica. Y recuerda: la selección es gratuita para el trabajador. Nadie puede cobrarle por entrar en una lista.
Tasas oficiales vigentes (Orden PJC/617/2025):
La tasa del visado se paga en el consulado. Tienes todas las partidas en costes y plazos de la contratación en origen.
España tiene en Marruecos una embajada en Rabat y siete consulados generales: Agadir, Casablanca, Larache, Nador, Rabat, Tánger y Tetuán. El trabajador pide el visado en persona en el consulado de la zona donde reside.
Por ejemplo, el Consulado General de España en Nador atiende toda la región Oriental (Nador, Berkane, Driouch, Guercif, Oujda, Taourirt, Jerada y Figuig) y la provincia de Alhucemas. Varios consulados gestionan las citas de visado a través de la empresa externa BLS.
Plazos del visado: el trabajador tiene 1 mes para pedirlo desde que se notifica la concesión a tu empresa, y el consulado resuelve en 1 mes (Reglamento de Extranjería, art. 40). En GECCO, tu empresa o su representante presenta todos los visados juntos y el consulado debe emitirlos en 5 días hábiles, ampliables a 15 si son muchas personas.
Según la Hoja informativa 12 del Ministerio de Inclusión y los requisitos que publican los consulados en Marruecos. Algunos documentos caducan a los 3 meses: pídelos con tiempo.
Son los plazos máximos que fija la norma, no un plazo medio. En la práctica dependen de la carga de cada oficina y de cada consulado.
Comprueba si la ocupación está en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura. Si no está, la oferta pasa 8 días por el servicio público de empleo y el certificado llega en 3 días.
Por la sede electrónica Mercurio. La vía individual se resuelve en 3 meses; si no hay respuesta, se entiende denegada. En temporada, 1 mes. Si el centro de trabajo está en Cataluña o el País Vasco, la parte laboral la resuelve la comunidad autónoma.
1 mes para pedirlo desde la notificación, 1 mes para que el consulado resuelva y 1 mes para recogerlo.
El trabajador entra con el visado en vigor. Tienes 3 meses desde la entrada para darle de alta en la Seguridad Social; en migración circular GECCO, solo 3 días.
En el mes siguiente al alta, el trabajador pide la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la comisaría de su domicilio.
No hay un perfil único. Las campañas agrícolas de temporada son el uso más conocido: según el Ministerio de Inclusión, la migración circular de 2025 fue sobre todo agrícola. También nos consultan empresas de construcción, industria, metal y hostelería. Tienes guías por sector: agricultura, construcción, metal y soldadura y hostelería.
Las lenguas oficiales de Marruecos son el árabe y el amazigh, y el francés se usa mucho en la empresa. En GECCO, las condiciones de la oferta se traducen a un idioma que entienda el trabajador, y el contrato se le entrega traducido antes de firmarlo. En el despacho atendemos también en árabe.
Esta información es general y está actualizada en septiembre de 2026. Las órdenes anuales, el Catálogo y los requisitos de cada consulado cambian. Cada contratación necesita un estudio personal antes de presentar nada.
Para contratar a un trabajador de Marruecos, tu empresa pide una autorización de residencia y trabajo a su nombre por la sede electrónica Mercurio. Si se concede, el trabajador solicita el visado en el consulado español de su zona. Con el visado entra en España, le das de alta en la Seguridad Social y pide su TIE. Para 10 puestos o más existe además la vía colectiva GECCO.
Contratar a un soldador de Marruecos por la vía individual tiene estos plazos legales máximos: 3 meses para resolver la autorización, 1 mes para pedir el visado, 1 mes para que el consulado resuelva y 1 mes para recogerlo. Si la ocupación no está en el Catálogo, antes hay que publicar la oferta 8 días en el servicio público de empleo. Son plazos máximos, no un plazo medio garantizado.
Sí. España y Marruecos firmaron un Acuerdo sobre mano de obra el 25 de julio de 2001, en vigor desde el 1 de septiembre de 2005. Prevé una comisión de selección hispano-marroquí y el compromiso de retorno de los temporeros. Por ese acuerdo, la Orden GECCO 2026 orienta preferentemente las ofertas colectivas a Marruecos y a otros siete países.
El visado de trabajo se pide en el consulado general de España que corresponda a la zona donde vive el trabajador. En Marruecos hay siete: Agadir, Casablanca, Larache, Nador, Rabat, Tánger y Tetuán. La solicitud es personal y debe hacerse en el mes siguiente a la notificación de la autorización a la empresa. Varios consulados dan las citas a través de la empresa BLS.
Sí. El certificado de antecedentes penales marroquí debe llevar la Apostilla de La Haya, porque Marruecos aplica ese convenio desde agosto de 2016. Además, necesita traducción jurada al castellano si está en árabe o francés. Debe cubrir los países donde el trabajador vivió en los últimos cinco años. Algunos consulados exigen que tenga menos de 3 meses.
Sí. Todo documento marroquí que no esté en castellano necesita una traducción hecha por un traductor jurado para contratar en origen. Lo habitual es traducir el certificado de antecedentes penales, el certificado médico y cualquier título profesional. La traducción se hace después de la apostilla, para que también quede traducida.
Sí, mediante la autorización de temporada individual. La vía colectiva GECCO exige al menos 10 puestos por oferta, aunque pueden sumarse varias empresas. Con la temporada individual, presentas la solicitud al menos 2 meses antes y se resuelve en 1 mes. Tu empresa debe ofrecer contrato fijo-discontinuo, alojamiento adecuado, seguro médico hasta el alta y organizar los viajes.
No. La contratación en origen es para personas que viven fuera de España, y el visado se pide en el consulado del país de residencia. Si el trabajador está aquí de visita, debe volver a Marruecos para tramitar el visado. Si ya vive en España sin autorización, las vías son otras, como el arraigo, y conviene estudiarlas antes de hacer nada.
Las tasas para contratar a un trabajador de Marruecos por la vía individual son, para la empresa, 203,84 € o 407,71 € según el salario, y para el trabajador 10,94 € más 16,08 € de la primera TIE. En temporada y en GECCO, la tasa de la empresa baja a 10,94 €. La tasa del visado se paga aparte en el consulado.
Depende de la vía. En la autorización de temporada, la empresa organiza y paga el viaje de ida y el de vuelta, salvo que se pacte expresamente otra cosa, y el traslado al alojamiento. En la migración estable de GECCO paga solo el viaje de llegada y el traslado hasta el alojamiento. En la vía individual general, la norma no fija esa obligación.
Sí. Montse Seijas Abogados tramita contrataciones en origen desde Marruecos para empresas de toda España, online. Atendemos también en árabe. Primera valoración gratis. Si necesitas una consulta completa, son 30 minutos por 30 €, que te descontamos si contratas el trámite con nosotras. Antes de empezar recibes un presupuesto cerrado.
Abogada. Colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), n.º 34951.
Ejerce la abogacía desde 2010. Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona. Redacta y firma las guías jurídicas de esta web.
Esta información es general y está actualizada en septiembre de 2026. Cada caso es distinto: antes de presentar cualquier solicitud, consulta tu situación concreta con una abogada. No garantizamos resultados; sí te decimos con claridad qué opciones tienes.
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