Extranjería · Contratación en origen
El catálogo de ocupaciones de difícil cobertura es la lista trimestral del SEPE con los puestos que una empresa puede cubrir con una persona de fuera de la UE sin publicar antes la oferta en el servicio público de empleo. Aquí tienes el del tercer trimestre de 2026 y un buscador por provincia.
En resumen
El catálogo de ocupaciones de difícil cobertura es la lista oficial de trabajos que, según el Estado, no se pueden cubrir con las personas que ya buscan empleo en España. Si el puesto que quieres cubrir está en la lista, tu empresa puede contratar a una persona que vive fuera de España sin demostrar antes que no encontró a nadie aquí.
Su base legal es el artículo 75.1 del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024, en vigor desde el 20 de mayo de 2025). Ese artículo dice cuatro cosas clave:
El SEPE lo aprueba con una resolución de su Dirección General y lo publica en el BOE. El del tercer trimestre de 2026 es la Resolución de 3 de agosto de 2026, publicada el 2 de septiembre (BOE-A-2026-18504).
Un detalle de fechas que conviene conocer: en 2026 el BOE publicó el del primer trimestre el 2 de marzo y el del tercero el 2 de septiembre. No se publicó ningún catálogo del segundo trimestre. A 25 de septiembre de 2026, el del cuarto trimestre tampoco ha salido.
Para contratar a alguien que vive fuera de la UE, la empresa pide una autorización de residencia y trabajo. Uno de los requisitos es que la situación nacional de empleo lo permita. Es decir, que no haya personas disponibles en España para ese puesto.
Hay dos formas de acreditarlo (art. 75 del Reglamento):
Estar en el Catálogo solo te ahorra ese paso. El resto de requisitos siguen igual:
La Oficina de Extranjería resuelve en un máximo de 3 meses. Si no contesta, la solicitud se entiende denegada (silencio negativo). La autorización inicial queda limitada, en general, a una comunidad autónoma y a una ocupación. Por eso importa elegir bien el código.
En la gestión colectiva de 10 o más puestos (GECCO), la situación nacional de empleo se rige por la orden anual, no por este Catálogo (art. 74.1.a del Reglamento).
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Te respondemos en menos de 24 horas laborables. También por teléfono: +34 627 65 27 23. Atendemos en castellano, catalán, gallego, inglés y árabe.Elige la provincia donde está el centro de trabajo y, si quieres, escribe la ocupación o su código. Verás si aparece en el Catálogo del tercer trimestre de 2026 publicado en el BOE.
| Bloque | Ocupaciones | Dónde valen | Ejemplos con código |
|---|---|---|---|
| Deporte (2) | Deportistas profesionales y entrenadores deportivos | Todas las provincias e islas | Deportistas profesionales (3721.104.4); entrenadores deportivos (3722.102.9) |
| Construcción e instalaciones (7) | Carpintería metálica, electricistas y operadores de grúa | Todas las provincias | Instaladores electricistas de edificios y viviendas (7510.101.5); carpinteros de aluminio, metálico y pvc (7132.101.3); conductores-operadores de grúa móvil (8332.107.4) |
| Marina mercante (18) | Máquinas, puente, fonda y cubierta de buques mercantes y de pasaje | Provincias costeras más Lleida y Madrid | Cocineros de barco (5110.101.5); camareros de barco (5821.103.6); marineros de cubierta, excepto pesca (8340.103.7); jefes de máquinas de buque mercante (3151.102.5) |
El Catálogo es corto, pero se lee con precisión. Un código distinto o una provincia equivocada cambian la vía.
Parte de lo que hará la persona cada día, no del nombre que uséis en la empresa. Un «oficial electricista» puede encajar o no en «Instaladores electricistas de edificios y viviendas».
Cada ocupación lleva un código de la Clasificación Nacional de Ocupaciones. Por ejemplo, 7510.103.3 es «Instaladores electricistas, en general». El código debe coincidir con el del contrato y la solicitud.
Cuenta dónde se trabaja, no dónde está el domicilio social. Las 18 ocupaciones de marina mercante solo valen en provincias costeras, Lleida y Madrid.
Usa el Catálogo vigente cuando presentes la solicitud. Si el del trimestre en curso aún no se ha publicado, confirma con la Oficina de Extranjería cuál aplica.
Toca la oferta previa en el servicio público de empleo, o revisar si encaja otra vía. Por ejemplo, las personas de Chile y Perú no necesitan acreditar la situación nacional de empleo.
El BOE no da una lista de provincias. Usa tres fórmulas: «todas las provincias e islas» para el deporte, «todas las provincias» para las siete ocupaciones de construcción e instalaciones, y «todas las provincias costeras más Lleida y Madrid» para la marina mercante.
Para el buscador hemos considerado costeras las 22 provincias con litoral. Hay casos dudosos:
Si tu centro de trabajo está en una de ellas, confírmalo antes de presentar nada.
En Baleares y Canarias, el Reglamento permite fijar el Catálogo por isla, pero el de 2026 no lo hace. Un hotel de Menorca o una naviera de Palma consultan la provincia de Illes Balears entera. En las particularidades de Baleares tienes más detalle.
En Cataluña (desde 2009) y en el País Vasco (desde el 1 de julio de 2025), la parte laboral de la autorización la resuelve la comunidad autónoma. El Catálogo que se consulta es el mismo. Lo que cambia es quién tramita la parte de trabajo y, en Cataluña, que la oferta previa se gestiona en el SOC.
Para una empresa de construcción esto es una buena noticia: electricistas, carpintería metálica y gruistas valen en toda España. Para la náutica y la marina mercante, el Catálogo abre la vía directa en toda la costa.
La mayoría de puestos no están en la lista. Camareros de hotel, cocineros de restaurante, peones agrícolas, conductores de camión o gerocultores no aparecen en el Catálogo del tercer trimestre de 2026. Eso no significa que no puedas contratar desde origen. Tienes estas opciones:
Para saber cuál encaja en tu caso, usa el selector de vía. También puedes revisar el servicio de contratación en origen para empresas. Si lo prefieres, en una primera valoración gratuita te decimos qué vía es la tuya.
Información general, actualizada en septiembre de 2026 con el Catálogo del tercer trimestre (BOE-A-2026-18504). El Catálogo cambia cada trimestre y cada caso necesita un estudio personal antes de presentar la solicitud.
El catálogo de ocupaciones de difícil cobertura es la lista trimestral de puestos que el SEPE considera difíciles de cubrir con personas que ya buscan empleo en España. Si la ocupación aparece, la empresa puede pedir la autorización de residencia y trabajo sin publicar antes una oferta en el servicio público de empleo. Lo regula el artículo 75.1 del Reglamento de Extranjería.
El catálogo de ocupaciones de difícil cobertura se publica en el BOE. El último es el del tercer trimestre de 2026: Resolución de 3 de agosto de 2026 del SEPE, publicada el 2 de septiembre (BOE-A-2026-18504). Tiene 27 ocupaciones. En esta página puedes consultarlo por provincia y por ocupación.
No. El BOE no publicó ningún catálogo de difícil cobertura para el segundo trimestre de 2026. Solo salieron el del primer trimestre, el 2 de marzo, y el del tercero, el 2 de septiembre. Los dos tienen las mismas 27 ocupaciones y los mismos ámbitos territoriales.
El catálogo de difícil cobertura del tercer trimestre de 2026 tiene 27 ocupaciones. Nueve valen en todas las provincias: deportistas profesionales, entrenadores deportivos y siete de construcción e instalaciones, como electricistas y gruistas. Las otras 18 son de marina mercante y valen en las provincias costeras, más Lleida y Madrid.
Sí, si el puesto encaja en una de las dos ocupaciones de electricista del catálogo de difícil cobertura. Son «instaladores electricistas de edificios y viviendas» e «instaladores electricistas, en general», y valen en todas las provincias. La empresa no necesita la oferta previa, pero debe cumplir el resto de requisitos de la autorización de residencia y trabajo.
No. En el catálogo del tercer trimestre de 2026 solo aparecen los cocineros de barco y los camareros de barco, dentro de la marina mercante. Un hotel o restaurante que quiere contratar desde origen a un cocinero o camarero necesita otra vía: la oferta en el servicio público de empleo, la autorización de temporada o GECCO si son diez o más puestos.
El Reglamento permite fijar el catálogo de difícil cobertura por isla en Baleares y Canarias, pero el de 2026 no lo hace. Se aplica a la provincia entera. Por eso las 18 ocupaciones de marina mercante valen en Illes Balears, Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife, igual que en el resto de provincias costeras.
Si tu ocupación no está en el catálogo de difícil cobertura, la empresa debe presentar antes una oferta en el servicio público de empleo. Se gestiona durante 8 días y después se emite un certificado de insuficiencia de demandantes en un máximo de 3 días. Hay excepciones, como los trabajadores de Chile y Perú, y otras vías como GECCO o la temporada.
No. Estar en el catálogo de difícil cobertura solo acredita la situación nacional de empleo. La Oficina de Extranjería revisa además el contrato, el convenio, que la empresa esté al corriente de pagos, sus medios económicos y la cualificación de la persona. Tiene 3 meses para resolver y, si no contesta, la solicitud se entiende denegada.
El Reglamento de Extranjería dice que el catálogo de difícil cobertura se elabora cada trimestre. En la práctica, en 2026 se ha publicado con retraso: el del primer trimestre salió el 2 de marzo, el del segundo no se publicó y el del tercero salió el 2 de septiembre. Conviene comprobar el BOE antes de presentar la solicitud.
No directamente. En la gestión colectiva de contrataciones en origen (GECCO), la situación nacional de empleo se valora según la orden anual, que en 2026 es la Orden ISM/1547/2025. El catálogo de difícil cobertura se usa sobre todo en la autorización individual de residencia y trabajo por cuenta ajena.
Sí. En Montse Seijas Abogados revisamos el puesto, el código de ocupación y la provincia del centro de trabajo, y te decimos si encaja en el catálogo de difícil cobertura o qué otra vía te corresponde. La primera valoración es gratuita y trabajamos online con empresas de toda España.
Abogada. Colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), n.º 34951.
Ejerce la abogacía desde 2010. Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona. Redacta y firma las guías jurídicas de esta web.
Esta información es general y está actualizada en septiembre de 2026. Cada caso es distinto: antes de presentar cualquier solicitud, consulta tu situación concreta con una abogada. No garantizamos resultados; sí te decimos con claridad qué opciones tienes.
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