Saltar al contenido
★ Primera valoración gratis · Consulta 30 min: 30 €Lunes a viernes, de 9:00 a 20:00+34 627 65 27 23info@montseseijas.com
WhatsApp

Extranjería · Contratación en origen · Sectores

Contratación en origen hostelería: camareros, cocineros y personal de temporada

Cómo traer personal de fuera de España para un hotel o restaurante, tanto para la temporada como para todo el año. Qué vía elegir, qué debes garantizar y qué plazos cuentan.

5,0 en Google (Ciutadella)Te respondemos en menos de 24 horas laborablesAtendemos en 5 idiomas

En resumen

Temporada individual
4 años de vigencia, hasta 9 meses de trabajo por año natural
Antelación mínima
2 meses (temporada) o 3 meses (GECCO)
Resolución de temporada
1 mes; sin respuesta, se entiende denegada
Tasa de la empresa en temporada
10,94 €

Contratación en origen hostelería: qué es y cuándo encaja

La contratación en origen hostelería es el procedimiento para que un hotel, restaurante o empresa de catering contrate a personas que viven fuera de España, que llegan con autorización de trabajo y visado. Puede ser para una temporada que se repite cada año o para un puesto estable.

La clave está en el calendario de tu negocio. Un hotel de costa que abre de abril a octubre necesita otra vía que un restaurante urbano abierto todo el año. Y una cadena que necesita veinte camareros de pisos para la misma fecha puede plantearse la gestión colectiva.

Una advertencia antes de empezar: las ocupaciones típicas de la hostelería en tierra no están en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura del tercer trimestre de 2026. Por eso, salvo excepciones, tendrás que acreditar antes que no hay candidatos en España. Actualizado en septiembre de 2026.

Ocupaciones típicas y su código CNO

PuestoGrupo CNO-11¿En el Catálogo del 3.er trimestre de 2026?
Cocinero5110No (solo «cocineros de barco», en provincias costeras)
Camarero de sala o barra5120No (solo «camareros de barco», en provincias costeras)
Ayudante de cocina9310No
Camarera o camarero de pisos9210No
Recepcionista de hotel4422No

Las tres vías de la hostelería

1. Autorización de temporada individual

Es la vía natural para hoteles y restaurantes de temporada (artículos 100 a 112 del Reglamento de Extranjería). La autorización dura 4 años y permite trabajar hasta 9 meses por año natural para un único empleador. Cada año vuelves a llamar a la misma persona, sin nuevo visado. Presentas la solicitud con al menos 2 meses de antelación y la oficina resuelve en un mes. Te lo explicamos en detalle en la guía de la autorización de temporada.

2. Autorización inicial para todo el año

Para un puesto que no es de temporada, la empresa pide una autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena. Como cocineros y camareros no están en el Catálogo, antes publicas una oferta en el servicio público de empleo durante 8 días y obtienes el certificado de insuficiencia de demandantes. La oficina resuelve en 3 meses, con silencio negativo. Más en la guía de la situación nacional de empleo.

3. Gestión colectiva GECCO

Si necesitas 10 puestos o más con el mismo país, ocupación, provincia y fechas, puedes usar la gestión colectiva GECCO de migración circular para campañas. La migración estable, para puestos anuales, no admite ofertas en 2026 porque la Orden no incluye el anexo de ocupaciones. La oferta genérica se presenta con al menos 3 meses de antelación y la selección se hace en el país de origen. Varias empresas pueden sumar puestos a través de una organización empresarial.

Primera valoración gratis · Consulta 30 min: 30 €

¿Quieres saber si tu caso tiene solución?

Primera valoración gratis. Si necesitas una consulta completa, son 30 minutos por 30 €, que te descontamos si contratas el trámite con nosotras.

Te respondemos en menos de 24 horas laborables. También por teléfono: +34 627 65 27 23. Atendemos en castellano, catalán, gallego, inglés y árabe.

Qué debe garantizar el hotel en temporada

Son requisitos del artículo 102 del Reglamento. Si falta uno, la autorización se deniega.

  • Contrato fijo-discontinuo por escrito, con lugar, tipo de trabajo, duración de la temporada, horario y fecha de inicio, y una copia en un idioma que el trabajador entienda.
  • Alojamiento adecuado durante toda la actividad. Preferentemente gratis. Si cobras, la renta no supera el 15 % del IPREM y, con suministros, el 22 %. Nunca se descuenta automáticamente de la nómina.
  • Seguro que cubra la asistencia sanitaria desde el viaje hasta el alta en la Seguridad Social.
  • Organización del viaje de ida y vuelta.
  • Compromiso de retorno firmado por el trabajador.
  • Periodo de actividad previsto para el primer año.
  • Alta en la Seguridad Social en un máximo de 3 días desde la entrada en España.
Empleado de hotel llevando toallas por un pasillo

Baleares: el caso natural de la hostelería de temporada

En las Illes Balears la temporada turística marca el empleo. La autorización de temporada exige un contrato fijo-discontinuo, el mismo tipo de contrato que usan muchos hoteles de Mallorca, Menorca e Ibiza.

Tres detalles prácticos para un hotel balear:

  • Convenio: aplicas el XVII Convenio colectivo de hostelería de las Illes Balears, con sus categorías y tablas salariales. El contrato debe ajustarse a él.
  • Alojamiento: es el requisito que más cuesta cumplir en las islas. Prevé con tiempo dónde vivirá el trabajador y documenta las condiciones de cesión.
  • Calendario: si quieres abrir en abril, presenta la temporada individual antes de febrero y la oferta GECCO antes de enero. Son mínimos legales: conviene ir con margen.

En el mar, la situación cambia. Los cocineros y camareros de barco, los auxiliares de buques de pasaje y los mayordomos de buque sí están en el Catálogo en todas las provincias costeras, Baleares incluida. Lo explicamos en la guía de contratación en el sector náutico. Tienes más detalles del archipiélago en contratación en origen en Baleares.

Países, costes y siguientes pasos

La normativa orienta la temporada y la gestión colectiva preferentemente a países con acuerdo de flujos migratorios. Entre los que más encajan con la hostelería están Colombia, República Dominicana, Honduras y Marruecos. Con Perú y Chile, la autorización individual no exige acreditar la situación nacional de empleo.

En tasas, la empresa paga 10,94 € por la temporada o GECCO y 203,84 € o 407,71 € por la autorización individual, según el salario. Detalle completo en costes y plazos. Si dudas entre vías, usa el selector de vía o mira las demás guías por sector.

Una novedad: el Tribunal Supremo anuló en julio de 2026 la prohibición de que las empresas de trabajo temporal fueran titulares de autorizaciones de temporada. Si quieres que otra empresa lo gestione todo, revisa nuestro servicio de contratación en origen para empresas.

Aviso importante

Información general actualizada en septiembre de 2026. La orden GECCO se aprueba cada año y el Catálogo cambia cada trimestre. Cada contratación necesita un estudio concreto. La selección es siempre gratuita para el trabajador.

Preguntas frecuentes sobre la contratación en origen en hostelería

¿Puedo contratar a un camarero de Colombia para la temporada de verano?

Sí. La autorización de temporada permite contratar a un camarero de Colombia para trabajar hasta 9 meses al año durante 4 años. Firmas un contrato fijo-discontinuo, garantizas alojamiento, seguro médico hasta el alta y el viaje. Antes acreditas en el servicio público de empleo que no hay candidatos. Presentas con al menos 2 meses de antelación.

¿Con cuánta antelación tengo que pedir la autorización de temporada para mi hotel?

La autorización de temporada individual se presenta con al menos 2 meses de antelación al inicio de la actividad. La Oficina de Extranjería resuelve en un mes y, si no contesta, se entiende denegada. Después el trabajador pide el visado en el plazo de un mes. Para abrir en abril, lo prudente es presentar bastante antes de febrero.

¿Los camareros y cocineros están en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura?

No, en tierra no. El Catálogo del tercer trimestre de 2026 no incluye camareros ni cocineros de restaurantes u hoteles. Sí incluye cocineros de barco, camareros de barco y otras ocupaciones de buques de pasaje en las provincias costeras. Para la hostelería en tierra hay que publicar antes una oferta en el servicio público de empleo.

¿Tengo que dar alojamiento a los trabajadores de temporada contratados en origen?

Sí. En la autorización de temporada, la empresa pone a disposición un alojamiento adecuado durante toda la actividad. Puede ser gratis o con una renta que no supere el 15 % del IPREM, y el 22 % sumando suministros. Esa cantidad no se descuenta automáticamente del sueldo. La Inspección de Trabajo puede comprobar el alojamiento.

¿Qué pasa al acabar la temporada con el trabajador contratado en origen?

Al acabar la temporada, el trabajador vuelve a su país y debe acreditar ese retorno. La autorización de temporada sigue vigente 4 años. Cada año la empresa lo vuelve a llamar para la nueva campaña, dentro del contrato fijo-discontinuo, sin necesidad de un visado nuevo. En total no puede trabajar más de 9 meses por año natural.

¿Puedo contratar en origen a un cocinero para todo el año?

Sí, con la autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena. Como el cocinero de restaurante no está en el Catálogo, primero publicas una oferta en el servicio público de empleo durante 8 días y obtienes el certificado de insuficiencia de demandantes. La Oficina de Extranjería resuelve en 3 meses. Si el cocinero es de Perú o Chile, no hace falta la oferta.

¿Cuántos trabajadores necesito para usar GECCO en hostelería?

Para la gestión colectiva GECCO en hostelería necesitas un mínimo de 10 puestos por oferta, con el mismo país, ocupación, provincia y fechas. Si tu hotel necesita menos, puedes sumar puestos con otras empresas a través de una organización empresarial. La oferta genérica se presenta al menos 3 meses antes y la selección se hace en el país de origen.

¿Qué convenio aplico a un trabajador de hostelería contratado en origen en Baleares?

En Baleares aplicas el XVII Convenio colectivo de hostelería de las Illes Balears, igual que a cualquier trabajador de la misma categoría. El Reglamento de Extranjería exige que el contrato se ajuste al convenio aplicable. En la gestión colectiva, además, la oferta debe detallar salario, jornada y permisos sin remitir de forma genérica al convenio.

¿Una empresa de trabajo temporal puede contratar camareros de temporada en origen?

Desde la sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2026, sí puede ser titular de autorizaciones de temporada individuales, porque se anuló la prohibición del Reglamento. En cambio, sigue excluida de la gestión colectiva GECCO según el artículo 121 del Reglamento. Conviene estudiar cada caso antes de elegir la vía.

¿Cuánto paga el hotel en tasas por un trabajador de temporada?

Por la autorización de temporada, el hotel paga la tasa 790-062 de 10,94 €. El trabajador paga la tasa 790-052 de 10,94 € y 16,08 € por la TIE inicial. La tasa del visado se paga en el consulado. A eso se suman el viaje, el seguro médico hasta el alta y el alojamiento, según las condiciones pactadas.

Tengo un hotel en Menorca, ¿quién me ayuda con la contratación en origen?

Montse Seijas Abogados atiende en persona en Ciutadella y Maó, y online a hoteles de toda España. Tramitamos la contratación en origen en hostelería: elección de vía, contrato, alojamiento documentado y solicitud. La selección es gratuita para el trabajador. La primera valoración es gratis y el presupuesto es cerrado antes de empezar.

Sigue leyendo

Te puede interesar

Trabajadores recogiendo fresas en el campo

Abogados de contratación en origen para empresas de toda España: vía legal, tasas, autorización, visado y seguimiento tras la llegada. Valoración gratis.

Leer más
Tres cascos de obra apilados con la ciudad al fondo

Contratación en origen por sectores: qué vía usa tu empresa según la ocupación, el Catálogo, GECCO, la temporada y el convenio. Primera valoración gratis.

Leer más
Mujer vareando un olivo durante la recogida de la aceituna

Contratación de temporada en origen: autorización de 4 años, alojamiento, retorno, alta en 3 días y llamamientos, por vía individual o GECCO. Consúltanos.

Leer más
Invernadero de fresas con hileras de plantas

GECCO 2026: cómo contratar 10 o más trabajadores en origen con la Orden ISM/1547/2025, plazos, obligaciones y calendario. Primera valoración gratis.

Leer más
Vista de Palma, en Mallorca, con la catedral y el puerto deportivo

Contratación en origen Baleares: oficinas de Palma, Maó y Eivissa, Catálogo, temporada, GECCO, hostelería y náutica. Despacho en Menorca. Consúltanos.

Leer más
Calculadora, móvil y formularios sobre una mesa oscura

Cuánto tarda la contratación en origen y cuánto cuesta en 2026: plazos legales por vía, tasas oficiales, quién las paga y otros gastos de la empresa.

Leer más

Opiniones reales en Google

Lo que dicen quienes ya confiaron en nosotras

★★★★★

Muchas gracias Montse!! De corazón!! Hoy me has dado una gran gran noticia que tanto estaba esperando, y después de DUROS 4 años, llegas tú y me ha salido está gran sorpresa, MI DOCUMENTACION, GRACIAS A TI❤️🫀, por tu compromiso,tú más sincero entendimiento, por tu GRAN APOYO, por la gran ayuda de tu EQUIPO, tú compania, y presencia en todo momento. Me siento muy agradecida, GRACIASS🙏🏾.

Valentina C. · Google, Maó, julio de 2026
★★★★★

Muy contenta con mi proceso de extranjería, excelente atención en su despacho y diligente en cada paso de mi proceso, la recomiendo al 100%

Yamile C. · Google, Maó, noviembre de 2025
★★★★★

Excelente atención en su despacho muy eficiente, una letrada con bastante experiencia en procesos de extranjería 10 de 10

Ferney C. · Google, Maó, noviembre de 2025
★★★★★

Grandísima abogada Nos asesoró no brindó ayuda y calma inmediata Muy profesional y atento con los casos Recomendadisima.

Erick V. · Google, Maó, enero de 2025
★★★★★

Exelente estudio jurídico y gente muy amable y voluntariosa. Hicieron un exelente trabajo con mi caso el cual salió aprobado. Estoy muy contento con su asesoría. Recomendado 100% son maravillosos como equipo y persona!!!

Simón G. · Google, Ciutadella, agosto de 2026
★★★★★

Excelentes personas y muy profesionales, te ayudan en todo tipo de casos y son muy correctos y nobles! Gran estudio jurídico, lo recomiendo de corazón, me han ayudado en mis trámites personales de forma eficiente. Gran servicio

Santiago O. · Google, Ciutadella, junio de 2026
★★★★★

Excelente servicio muy atentos al solicitar información responden pronto y el tramite sin problemas ya tengo mi favorable muchas gracias

Carlos M. · Google, Ciutadella, junio de 2026
★★★★★

Una abogada muy profesional y colaboradora. Me explicó los procedimientos legales con claridad y respondió y dio seguimiento rápidamente. Le agradezco su atención y credibilidad, y recomiendo trabajar con ella.

Said B. · Google, Ciutadella, junio de 2026
Primera valoración gratis · Consulta 30 min: 30 €

¿Quieres saber si tu caso tiene solución?

Primera valoración gratis. Si necesitas una consulta completa, son 30 minutos por 30 €, que te descontamos si contratas el trámite con nosotras.

Te respondemos en menos de 24 horas laborables. También por teléfono: +34 627 65 27 23. Atendemos en castellano, catalán, gallego, inglés y árabe.

Guías gratis en tu correo

Te avisamos cuando cambie la ley de extranjería

Un correo al mes, como mucho, con novedades explicadas de forma sencilla. Te puedes dar de baja cuando quieras.