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Blog · Extranjería · Recursos

Me denegaron el arraigo: qué hacer paso a paso

Una denegación no es el final. Tienes plazos para recurrir o para volver a pedirlo con los papeles bien. Lo importante es no dejar pasar el tiempo.

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En resumen

Recurso de reposición
1 mes desde la notificación
Recurso ante el juzgado
2 meses desde la notificación
Si no contestan en 3 meses
Silencio negativo: puedes recurrir
Aviso de salida
Suele venir con plazo de 15 días

Me denegaron el arraigo: primero, calma

Recibir una carta que dice que te han denegado el arraigo asusta. Pero no significa que te vayan a expulsar mañana ni que hayas perdido tu oportunidad. Significa que la Oficina de Extranjería cree que falta algún requisito.

La buena noticia es que la ley te da plazos para defenderte. La mala es que esos plazos son cortos. Por eso, lo más importante es actuar rápido y con la resolución en la mano.

Qué hacer paso a paso

Sigue este orden. Te ayudará a no perder plazos ni opciones.

  1. Apunta la fecha en que te notificaron

    Los plazos cuentan desde el día siguiente a la notificación, no desde la fecha que aparece arriba en la resolución.

  2. Lee el motivo de la denegación

    La resolución debe explicar por qué te lo deniegan y qué recursos tienes, ante quién y en qué plazo.

  3. Reúne tu expediente

    Copia de lo que presentaste, justificantes de la tasa y cualquier documento nuevo que pruebe lo que faltaba.

  4. Decide la vía

    Recurso de reposición, recurso ante el juzgado o nueva solicitud. Cada una tiene ventajas según el motivo.

  5. Presenta antes de que acabe el plazo

    Por registro electrónico, en Mercurio si tienes el número de expediente, o en cualquier registro público. Guarda el justificante.

Motivos que suelen aparecer en una denegación

Son los requisitos del Reglamento que más a menudo se discuten. Identificar el tuyo es clave para elegir la estrategia.

Tiempo en España

No se consideran probados los 2 años seguidos. A veces faltan documentos de algunos meses.

El contrato

En el sociolaboral: menos de 20 horas semanales, sueldo por debajo del mínimo o del convenio, o una empresa sin medios suficientes.

Vínculos o medios económicos

En el social: no se prueba la familia con papeles o no se llega al 100 % del IPREM.

Antecedentes penales

Antecedentes en España o en tu país, o un certificado que no está apostillado o traducido.

Otro trámite abierto

Desde abril de 2026, tener otro procedimiento de permiso en curso impide conseguir el arraigo.

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Las tres opciones que tienes

Recurso de reposiciónRecurso contencioso-administrativoNueva solicitud
DóndeAnte la misma Oficina o Delegación que te lo denegóAnte el Juzgado de lo Contencioso-AdministrativoEn la Oficina de Extranjería, como la primera vez
Plazo1 mes desde la notificación2 meses desde la notificaciónCuando cumplas todos los requisitos
Cuándo tiene sentidoError claro o documento que se puede aportarCuando la Administración no rectifica o el caso es discutibleCuando el problema era un papel que ahora ya tienes
CosteNo tiene tasaNecesitas abogada y puede haber costasVuelves a pagar la tasa
Persona sosteniendo una carta en casa

Qué dice la ley sobre los plazos

Las resoluciones de extranjería de la Delegación o Subdelegación del Gobierno ponen fin a la vía administrativa (disposición adicional novena del Reglamento). Por eso tienes dos caminos:

  • Recurso de reposición (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015): es voluntario. Si la resolución es expresa, tienes 1 mes. La Administración tiene 1 mes para contestarlo.
  • Recurso contencioso-administrativo (artículo 46 de la Ley 29/1998): tienes 2 meses desde la notificación. Si antes presentaste reposición, el plazo cuenta desde que te contestan o desde que se entiende rechazada.

No puedes ir al juzgado mientras la reposición esté pendiente de respuesta.

El aviso de salida de 15 días

Casi todas las denegaciones incluyen la advertencia de que debes salir de España. El artículo 24 del Reglamento fija un plazo de 15 días si la resolución no dice otro. Recurrir no lo suspende de forma automática. Si te pasa, consulta enseguida: hay que valorar pedir la suspensión y cómo afecta a tu situación.

¿Y si no me contestan en 3 meses?

El arraigo tiene un plazo máximo de 3 meses para resolverse. Si pasan sin que te notifiquen nada, se entiende denegado por silencio administrativo. Esto no es un «no» definitivo: la Administración sigue obligada a darte una respuesta.

En ese caso puedes esperar la respuesta o recurrir. La reposición contra el silencio se puede presentar en cualquier momento. Antes de hacerlo, mira el estado de tu expediente por internet o por SMS: a veces la resolución ya existe y no te ha llegado.

¿Recurrir o volver a pedirlo?

Depende del motivo. Si la Oficina se equivocó o valoró mal tus pruebas, suele tener sentido recurrir. Si el problema era un papel que no tenías y ahora sí, a veces es más rápido presentar una nueva solicitud.

Pero cuidado: desde el 16 de abril de 2026 el Reglamento no permite pedir arraigo si tienes otro procedimiento de permiso en curso. Antes de presentar otra solicitud mientras hay un recurso pendiente, conviene revisarlo con una abogada.

Si tu caso tuvo que ver con la regularización 2026, los plazos y recursos son parecidos. Te lo contamos en esa guía.

Esta información es general. Cada caso necesita un estudio personal.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para recurrir una denegación de arraigo?

Si la resolución es expresa, tienes 1 mes para el recurso de reposición ante el mismo órgano, o 2 meses para ir directamente al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Los plazos cuentan desde el día siguiente a la notificación. Si dejas pasar los dos plazos, la denegación queda firme.

¿Me pueden expulsar si me deniegan el arraigo?

La denegación suele incluir la advertencia de salida obligatoria, normalmente en 15 días. Si no sales, la Administración puede abrir un procedimiento sancionador que puede terminar en multa o expulsión. No es automático, pero conviene actuar rápido y valorar el recurso.

¿Qué pasa si no me contestan el arraigo en 3 meses?

Se entiende denegado por silencio administrativo. Puedes esperar la respuesta expresa, porque la Administración sigue obligada a resolver, o recurrir. Contra el silencio, el recurso de reposición se puede presentar en cualquier momento. Antes, revisa el estado de tu expediente por internet o por SMS: puede que ya haya una resolución.

¿Es mejor recurrir o volver a presentar el arraigo?

Depende del motivo. Si la Oficina se equivocó, suele convenir recurrir. Si faltaba un documento que ahora tienes, puede ser más rápido presentarlo de nuevo. Ten en cuenta que no puedes pedir arraigo si tienes otro procedimiento de permiso abierto.

¿Tiene coste el recurso de reposición?

El recurso de reposición no tiene tasa. El recurso ante el juzgado exige abogada y puede suponer el pago de costas si se pierde. Una nueva solicitud de arraigo obliga a pagar otra vez la tasa 790-052. Por eso conviene valorar bien qué vía tiene más posibilidades antes de gastar dinero.

¿Dónde presento el recurso de reposición?

Se dirige al mismo órgano que dictó la resolución. Puedes presentarlo por registro electrónico, por la plataforma Mercurio si tienes el número de expediente, o en cualquier registro público. Guarda siempre el justificante con la fecha. Ese justificante demuestra que recurriste dentro de plazo.

CT

Carla Tortajada

Abogada. Colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), n.º 34951.

Ejerce la abogacía desde 2010. Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona. Redacta y firma las guías jurídicas de esta web.

Fuentes oficiales consultadas

Esta información es general y está actualizada en septiembre de 2026. Cada caso es distinto: antes de presentar cualquier solicitud, consulta tu situación concreta con una abogada. No garantizamos resultados; sí te decimos con claridad qué opciones tienes.

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Opiniones reales en Google

Lo que dicen quienes ya confiaron en nosotras

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Ferney C. · Google, Maó, noviembre de 2025
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Santiago O. · Google, Ciutadella, junio de 2026
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Carlos M. · Google, Ciutadella, junio de 2026
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Said B. · Google, Ciutadella, junio de 2026
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