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Blog · Extranjería · Regularización

Regularización 2026: presenté la solicitud, ¿y ahora qué?

El plazo para pedir la regularización extraordinaria cerró el 30 de junio de 2026. Si presentaste tu solicitud, esto es lo que puede pasar y qué debes hacer en cada caso.

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En resumen

Plazo de solicitud
Del 16/04 al 30/06/2026: cerrado y sin prórroga
Plazo para resolver
3 meses (puede suspenderse)
Si no contestan
Silencio negativo: se entiende denegada
Si te la conceden
Permiso de 1 año; pides la TIE en 1 mes

Regularización 2026: dónde estás ahora

La regularización extraordinaria la creó el Real Decreto 316/2026. Añadió al Reglamento de Extranjería una nueva vía de «arraigo extraordinario» para quien estaba en España antes del 1 de enero de 2026. El plazo para pedirla fue del 16 de abril al 30 de junio de 2026. Ya está cerrado y no hubo prórroga.

Si presentaste tu solicitud a tiempo, ahora estás en la fase de seguimiento. Puede que ya te hayan admitido a trámite, que te pidan papeles, que te la concedan o que te la denieguen. Vamos por partes.

Qué derechos tienes mientras esperas

Lo dice la disposición adicional vigesimoprimera del Reglamento, añadida por el RD 316/2026.

  • Con la comunicación de inicio del trámite quedas habilitado de forma provisional para vivir en España y trabajar, por cuenta ajena o propia, en cualquier sector y en todo el país.
  • Si te la conceden, sus efectos se cuentan desde el día en que presentaste la solicitud.
  • Si estabas en un procedimiento de expulsión por estancia irregular o trabajo sin permiso, la concesión archiva ese procedimiento.
  • Si te la deniegan, la habilitación provisional termina sola. Si trabajas, debes informar de inmediato a tu empresa.

Cómo hacer el seguimiento de tu solicitud

Según la web oficial del Ministerio de Inclusión sobre la regularización.

  1. Consulta el estado en internet

    En la web oficial de consulta de expedientes de extranjería (infoext2), con certificado digital o Cl@ve PIN. Aunque no te haya llegado la carta, la admisión puede aparecer ya en el sistema.

  2. Revisa tus notificaciones

    Llegan al domicilio o canal que pusiste en la solicitud. Si elegiste notificación electrónica, llegan a la Dirección Electrónica Habilitada (DEHú).

  3. Responde a los requerimientos

    Si te piden documentos, tienes como máximo 15 días. Puedes aportarlos por la plataforma Mercurio o en una oficina de Correos habilitada, sin cita previa.

  4. Guarda todos los justificantes

    Resguardo de la solicitud, carta de admisión, pagos de tasa y aportaciones. Los necesitarás para la TIE o para un recurso.

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El requerimiento de 15 días es el momento crítico

Si no contestas a tiempo, te tienen por desistido y archivan tu expediente. Revisa la DEHú y tu buzón con frecuencia. Si no entiendes qué te piden, consulta enseguida: 15 días pasan muy rápido.

Manos usando el móvil sobre documentos

Pasaron 3 meses y no me han contestado

La norma fija un plazo máximo de 3 meses para resolver, contados desde que tu solicitud entra en el registro. Si pasan sin notificación, se entiende denegada por silencio administrativo. Las solicitudes presentadas a finales de junio llegan a ese punto a finales de septiembre de 2026.

Pero hay un matiz importante: el plazo puede suspenderse. Por ejemplo, si pediste ayuda para conseguir tus antecedentes penales por vía diplomática, el trámite se suspende hasta 3 meses mientras llegan. Durante la suspensión sigues con tu habilitación provisional.

Antes de decidir nada, mira el estado de tu expediente. A veces ya hay una resolución que no te ha llegado.

Qué hacer según lo que te respondan

SituaciónQué significaQué puedes hacer
Admitida a trámiteEstás habilitado para residir y trabajarEsperar y vigilar las notificaciones
RequerimientoFalta algún documentoAportarlo en 15 días por Mercurio o Correos
ConcedidaTienes permiso de residencia y trabajo por 1 añoPedir la TIE en el mes siguiente
DenegadaPierdes la habilitación provisionalRecurso de reposición (1 mes) o contencioso (2 meses)
Sin respuesta en 3 mesesSilencio negativo, salvo suspensiónEsperar o recurrir; la reposición no tiene plazo fijo

Si te la deniegan: recursos

Como en otros trámites de extranjería, tienes dos vías (Ley 39/2015 y Ley 29/1998):

  • Recurso de reposición, ante el mismo órgano que resolvió: 1 mes desde la notificación si la denegación es expresa.
  • Recurso contencioso-administrativo, ante los tribunales: 2 meses desde la notificación.

Lee con atención el motivo. No es lo mismo que falte un documento que tenías (por ejemplo, un certificado de antecedentes que no llegó a tiempo) que no cumplir un requisito de fondo, como estar en España antes del 1 de enero de 2026.

Si tu caso no tiene arreglo por esta vía, puede haber otras. Te lo explicamos en tipos de arraigo.

Plazos clave de la regularización

15 díascomo máximo para responder a un requerimiento
3 mesesplazo para resolver
1 mespara pedir la TIE si te la conceden
1 añode duración del permiso

Si te la conceden: los próximos pasos

¡Enhorabuena! Ahora hay dos fechas que no puedes olvidar:

  • TIE: debes pedir la Tarjeta de Identidad de Extranjero en el mes siguiente a la notificación. Necesitarás cita en la Policía. En Menorca, en la Comisaría de Maó.
  • Dentro de un año: en los 2 meses antes de que caduque, debes pedir la modificación a otro permiso, por ejemplo de trabajo. Si no puedes, hay una prórroga excepcional si buscas empleo inscrito en el servicio de empleo o tienes un informe de integración.

El permiso tiene la consideración de arraigo social y te deja trabajar por cuenta ajena o propia en toda España. Empieza a preparar ya la modificación: contratos, cotizaciones y empadronamiento te harán falta.

Esta información es general. Cada caso necesita un estudio personal.

Preguntas frecuentes

¿Todavía puedo pedir la regularización extraordinaria?

No. El plazo fue del 16 de abril al 30 de junio de 2026 y ya está cerrado, sin prórroga publicada en el BOE. Si no llegaste a tiempo, quedan las vías ordinarias de arraigo, como el sociolaboral o el social.

¿Cómo veo el estado de mi solicitud de regularización?

En la web oficial de consulta de expedientes de extranjería (infoext2), con certificado digital o Cl@ve PIN. El Ministerio indica que la admisión puede figurar en el sistema aunque no te haya llegado la carta. También puedes aportar documentos por Mercurio sin cita.

¿Qué pasa si no me contestan en 3 meses?

Se entiende denegada por silencio administrativo, salvo que el plazo se haya suspendido, por ejemplo mientras se piden tus antecedentes por vía diplomática. Puedes esperar la resolución expresa o recurrir. Revisa antes el estado de tu expediente. A veces la resolución ya existe y no te ha llegado.

¿Puedo trabajar mientras resuelven mi regularización?

Sí. Desde la comunicación de inicio del trámite estás habilitado de forma provisional para residir y trabajar, por cuenta ajena o propia, en toda España. Si te la deniegan, esa habilitación termina y debes avisar a tu empresa. Guarda la carta de inicio: es tu prueba.

¿Cómo respondo a un requerimiento de documentación?

Tienes como máximo 15 días. Puedes presentar los documentos por la plataforma Mercurio o en una oficina de Correos habilitada, sin cita previa. Si no respondes a tiempo, te tienen por desistido y archivan tu solicitud. Revisa la DEHú con frecuencia.

Me concedieron la regularización, ¿qué hago ahora?

Pide la TIE en el mes siguiente a la notificación. El permiso dura 1 año. En los 2 meses antes de que caduque debes pedir la modificación a otro permiso, por ejemplo de trabajo, según el artículo 191 del Reglamento.

¿Puedo recurrir si me deniegan la regularización?

Sí. Tienes 1 mes para el recurso de reposición ante el órgano que resolvió o 2 meses para el recurso contencioso-administrativo ante los tribunales. Contra el silencio, la reposición no tiene un plazo fijo. Lee bien el motivo antes de elegir.

CT

Carla Tortajada

Abogada. Colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), n.º 34951.

Ejerce la abogacía desde 2010. Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona. Redacta y firma las guías jurídicas de esta web.

Fuentes oficiales consultadas

Esta información es general y está actualizada en septiembre de 2026. Cada caso es distinto: antes de presentar cualquier solicitud, consulta tu situación concreta con una abogada. No garantizamos resultados; sí te decimos con claridad qué opciones tienes.

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Lo que dicen quienes ya confiaron en nosotras

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Valentina C. · Google, Maó, julio de 2026
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Yamile C. · Google, Maó, noviembre de 2025
★★★★★

Excelente atención en su despacho muy eficiente, una letrada con bastante experiencia en procesos de extranjería 10 de 10

Ferney C. · Google, Maó, noviembre de 2025
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Grandísima abogada Nos asesoró no brindó ayuda y calma inmediata Muy profesional y atento con los casos Recomendadisima.

Erick V. · Google, Maó, enero de 2025
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Exelente estudio jurídico y gente muy amable y voluntariosa. Hicieron un exelente trabajo con mi caso el cual salió aprobado. Estoy muy contento con su asesoría. Recomendado 100% son maravillosos como equipo y persona!!!

Simón G. · Google, Ciutadella, agosto de 2026
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Santiago O. · Google, Ciutadella, junio de 2026
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Excelente servicio muy atentos al solicitar información responden pronto y el tramite sin problemas ya tengo mi favorable muchas gracias

Carlos M. · Google, Ciutadella, junio de 2026
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Una abogada muy profesional y colaboradora. Me explicó los procedimientos legales con claridad y respondió y dio seguimiento rápidamente. Le agradezco su atención y credibilidad, y recomiendo trabajar con ella.

Said B. · Google, Ciutadella, junio de 2026
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