Contratación en origen · Países
El acuerdo de flujos con Guatemala está en vigor desde agosto de 2024. Te explicamos qué cambia para tu empresa, qué vía encaja y cuánto tarda cada paso.
En resumen
Contratar trabajadores de Guatemala consiste en obtener en España una autorización de residencia y trabajo para una persona que vive allí, que después pide su visado y viaja para incorporarse a tu empresa. Es la contratación en origen aplicada a un país que, desde 2024, tiene acuerdo de flujos con España.
Tu empresa es la que inicia el trámite. La persona trabajadora no puede pedir por su cuenta un permiso de trabajo en España: necesita que un empleador presente la solicitud y la firme.
El acuerdo con Guatemala es reciente. Por eso aún hay poca información práctica y muchas dudas en las empresas. En esta página separamos lo que dice la norma de lo que depende de cada expediente.
Si te interesa el procedimiento general, lo tienes en nuestra página de contratación en origen. Para comparar con otros países, consulta la guía de países de origen.
El Acuerdo entre España y Guatemala relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios laborales se firmó el 18 de enero de 2023 y entró en vigor el 2 de agosto de 2024. Se aplica a tres grupos:
Quién selecciona. La preselección la hacen las autoridades guatemaltecas, en concreto el Ministerio de Trabajo y Previsión Social a través de su Dirección General de Empleo. Siguen los criterios de una Comisión Mixta hispano-guatemalteca de Selección. Los empleadores o sus representantes pueden participar. Por parte española intervienen la Secretaría de Estado de Migraciones, el servicio público de empleo y la Embajada de España.
Qué norma manda. El propio acuerdo dice que, en lo que no regule, se aplica la orden anual de flujos. Para 2026 es la Orden ISM/1547/2025, que sitúa a Guatemala entre los países preferentes para las ofertas colectivas (art. 19.2).
Qué hay disponible en 2026. La guía oficial de la Generalitat de Catalunya (11/03/2026) recoge el criterio de la Dirección General de Gestión Migratoria: este año no se admiten ofertas GECCO de migración estable, porque la orden no incluye el anexo de ocupaciones. Sí funciona la migración circular de GECCO para campañas de temporada.
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Si la ocupación está en el Catálogo trimestral, no hace falta oferta previa. El del tercer trimestre de 2026 recoge 27 ocupaciones.
Para el resto de ocupaciones: oferta 8 días en el servicio público de empleo y certificado de insuficiencia en 3 días.
Autorización de 4 años para trabajar hasta 9 meses al año. Se presenta al menos 2 meses antes del inicio.
Ofertas de 10 puestos o más, con selección en Guatemala y presentación al menos 3 meses antes.
Es la lista que publica la Embajada de España en Guatemala para el visado de trabajo por cuenta ajena. Todo documento público extranjero debe llevar la apostilla de La Haya.
El visado lo tramita la sección consular de la Embajada de España en Guatemala, en la Ciudad de Guatemala. Según su web, también atiende a quienes residen en Belice.
La cita se pide por correo electrónico a la sección de visados de la Embajada. La persona trabajadora debe presentarse en persona. Solo en casos justificados se admite un representante.
Como los documentos guatemaltecos están en español, basta con la apostilla. Si la persona vivió en otro país en los últimos cinco años, también necesitará sus antecedentes de allí. Lo explicamos en la guía de antecedentes penales, apostilla y traducción.
Plazos máximos que fija la norma en la vía individual. Planifica hacia atrás desde la fecha en que necesitas a la persona.
8 días de gestión en el servicio público de empleo y hasta 3 días para el certificado.
Formulario EX-03 y tasas en 10 días hábiles: 203,84 € o 407,71 € para la empresa y 10,94 € para el trabajador.
Hasta 3 meses. Si no llega respuesta, se entiende denegada.
1 mes para pedirlo, 1 mes para resolver y 1 mes para recogerlo.
Entrada durante los 3 meses de vigencia del visado y alta en la Seguridad Social en 3 meses (en temporada, en 3 días).
Solicitud de la tarjeta en el mes siguiente al alta.
La guía de cada sector explica ocupaciones, convenio y vía. Aplican igual a personas guatemaltecas.
Esta página explica la norma en vigor y los datos oficiales publicados a fecha de septiembre de 2026. Las órdenes anuales, el Catálogo y los requisitos consulares cambian con frecuencia. Cada contratación requiere estudiar el caso concreto: la ocupación, el convenio, la empresa y la persona trabajadora.
Sí. Una empresa española puede contratar trabajadores de Guatemala mediante la contratación en origen. Tu empresa pide en España la autorización de residencia y trabajo. Cuando se concede, la persona trabajadora pide el visado en la Embajada de España en Guatemala. Solo puede empezar a trabajar cuando entra con ese visado y la das de alta.
Sí. El acuerdo de flujos migratorios laborales entre España y Guatemala se firmó el 18 de enero de 2023 y entró en vigor el 2 de agosto de 2024. Se publicó en el BOE el 31 de agosto de 2024. Cubre trabajadores estables, de temporada y en prácticas, y hace de Guatemala un país preferente para las ofertas colectivas.
El visado de trabajo por cuenta ajena se pide en la sección consular de la Embajada de España en Guatemala. La cita se solicita por correo electrónico y la persona debe presentarse en persona. Tiene un mes desde que tu empresa recibe la concesión para pedirlo, y la Embajada tiene un mes para resolver.
El visado de trabajo exige un certificado médico de menos de tres meses que acredite que la persona no padece enfermedades con repercusiones graves para la salud pública, según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. La Embajada de España en Guatemala indica el texto exacto que debe contener. Conviene copiarlo literalmente para evitar requerimientos.
Sí. Guatemala aplica el Convenio de la Apostilla de La Haya desde el 18 de septiembre de 2017. Por eso los antecedentes penales y el resto de documentos públicos guatemaltecos se presentan con apostilla, sin legalización consular. Como están en español, no necesitan traducción. Los documentos de otros países sí pueden necesitarla.
Traer a un trabajador de Guatemala por la vía individual puede llevar varios meses. La autorización tiene un plazo máximo de 3 meses. Después hay 1 mes para pedir el visado, 1 mes para resolverlo y 1 mes para recogerlo. En temporada, la autorización se resuelve en 1 mes, pero la solicitud debe presentarse al menos 2 meses antes.
Sí. Para campañas agrícolas puedes usar la autorización de temporada individual o, si necesitas 10 puestos o más iguales, la GECCO de migración circular. En agricultura, la Orden GECCO 2026 pide presentar las ofertas preferentemente a través de organizaciones empresariales. Tendrás que garantizar alojamiento adecuado, contrato fijo-discontinuo y la organización del viaje.
En la gestión colectiva, la preselección la hace el Ministerio de Trabajo y Previsión Social de Guatemala, con los criterios de la Comisión Mixta hispano-guatemalteca de Selección. La selección final la hace esa comisión en Guatemala, y tu empresa puede participar. En la vía individual, en cambio, tu empresa presenta directamente a la persona que quiere contratar.
Depende de la ocupación. Si está en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura, no. Si no está, tu empresa debe presentar la oferta en el servicio público de empleo y obtener el certificado de insuficiencia de demandantes. El acuerdo con Guatemala no elimina ese requisito: la exención por tratado solo se aplica hoy a Chile y Perú.
No por la contratación en origen. Esta vía es para personas que viven fuera de España, y el visado se pide en el consulado del lugar de residencia. Si la persona ya está en España, hay que estudiar otras vías, como el arraigo, y valorar su situación concreta antes de firmar nada.
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Abogada. Colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), n.º 34951.
Ejerce la abogacía desde 2010. Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona. Redacta y firma las guías jurídicas de esta web.
Esta información es general y está actualizada en septiembre de 2026. Cada caso es distinto: antes de presentar cualquier solicitud, consulta tu situación concreta con una abogada. No garantizamos resultados; sí te decimos con claridad qué opciones tienes.
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