Saltar al contenido
★ Primera valoración gratis · Consulta 30 min: 30 €Lunes a viernes, de 9:00 a 20:00+34 627 65 27 23info@montseseijas.com
WhatsApp

Blog · Trámites

Prórroga de estancia por estudios: cómo renovar tu permiso de estudiante en 2026

Si tu curso sigue y tu autorización de estudiante se acaba, tienes que pedir la prórroga a tiempo. Te explicamos plazos, papeles y tasas según el Reglamento de 2025.

5,0 en Google (Ciutadella)Te respondemos en menos de 24 horas laborablesAtendemos en 5 idiomas

En resumen

Cuándo
En los 2 meses antes de que caduque tu autorización
Dónde
Por internet, a la Oficina de Extranjería de la provincia que te dio la autorización
Tasa
17,49 € (modelo 790, código 052)
Respuesta
1 mes; si no contestan, se entiende denegada

Qué es la prórroga de estancia por estudios

La prórroga de estancia por estudios es el trámite para alargar tu autorización de estudiante cuando tus estudios continúan. La regula el artículo 55 del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), en vigor desde el 20 de mayo de 2025.

Mucha gente lo busca como «renovar estancia por estudios», pero el nombre oficial es prórroga. No todo el mundo la necesita cada año. Depende de lo que estudias:

  • Estudios superiores (grado, máster, doctorado, FP de grado superior): la autorización dura lo mismo que la duración oficial de los estudios. Si ya cubre toda la carrera, no pides prórroga cada año. Basta con presentar al inicio de cada curso la nueva matrícula. Solo pides prórroga si necesitas más tiempo del previsto.
  • Bachillerato, FP de grado medio y otras formaciones: la autorización dura como máximo un año. Si el curso sigue, tienes que pedir la prórroga.

Si todavía no tienes la autorización, empieza por nuestra guía de la estancia por estudios en España.

Y si todavía no has llegado, empieza por el visado de estudios en España: requisitos y pasos.

Plazo de la prórroga de estancia por estudios

2 mesesAntes de que caduque tu autorización: es el plazo normal
3 mesesDespués de que caduque: todavía se admite, pero te pueden abrir una sanción
1 mesPara resolver; si no contestan, se entiende denegada
1 añoDuración máxima de cada prórroga

Qué pasa mientras esperas la respuesta

El plazo de la prórroga de estancia por estudios es clave. Si presentas la solicitud dentro de los 2 meses anteriores a la caducidad, tu autorización sigue siendo válida hasta que te respondan (art. 55.4). Puedes seguir estudiando y, si ya tenías permiso, trabajando.

Si se te pasa la fecha, el Reglamento todavía te deja pedirla en los 3 meses siguientes. Tu autorización también se mantiene hasta la resolución. Pero la Administración puede abrirte un procedimiento sancionador por estar un tiempo sin autorización en vigor. Por eso lo mejor es no apurar.

Si pasa un mes sin que te notifiquen nada, la prórroga se entiende denegada. Es lo que se llama silencio negativo.

Primera valoración gratis · Consulta 30 min: 30 €

¿Quieres saber si tu caso tiene solución?

Primera valoración gratis. Si necesitas una consulta completa, son 30 minutos por 30 €, que te descontamos si contratas el trámite con nosotras.

Te respondemos en menos de 24 horas laborables. También por teléfono: +34 627 65 27 23. Atendemos en castellano, catalán, gallego, inglés y árabe.

Prórroga estancia estudios: requisitos y papeles

Estos son los requisitos de la prórroga de estancia por estudios, según el artículo 55.3 del Reglamento y la Hoja informativa 1 del Ministerio de Inclusión (actualizada en noviembre de 2025):

  • Pasaporte en vigor con al menos un año de validez.
  • Admisión en el centro y matrícula pagada del nuevo curso. Demuestra que sigues con los estudios.
  • Medios económicos: el 100 % del IPREM por cada mes, salvo que tengas el alojamiento ya pagado. Valen tus ahorros, el dinero de tu familia, becas o ayudas.
  • Si vienen familiares a tu cargo: el 75 % del IPREM al mes para el primero y el 50 % para cada uno de los demás.
  • Seguro de enfermedad de una aseguradora autorizada en España, con coberturas parecidas a la sanidad pública. Si trabajas y estás de alta en la Seguridad Social, ese requisito ya se cumple.
  • No tener antecedentes penales en España: lo comprueba de oficio la Oficina de Extranjería.
  • Justificante de pago de la tasa.

¿Tengo que haber aprobado todo?

El Reglamento actual pide acreditar que continúas los estudios, con la nueva matrícula. No exige, con carácter general, haber aprobado un número de asignaturas. Hay dos excepciones en las actividades formativas: en los cursos de idiomas tienes que haber superado el curso de la Escuela Oficial de Idiomas, tener el DELE o estar inscrito en su examen; y en la preparación del MIR y pruebas similares, haberte presentado a las pruebas.

Cuántas veces puedes renovar la estancia por estudios

Qué estudiasPrórrogas posiblesTen en cuenta
Estudios superioresHasta 2 por autorizaciónSi tu autorización ya cubre la carrera, solo aportas la matrícula de cada curso
Bachillerato, FP de grado medioHasta 2 por autorizaciónCada prórroga dura el curso, con un máximo de un año
Actividades formativas (idiomas, certificados profesionales, auxiliares de conversación…)1En idiomas, superar el curso de la EOI o tener el DELE
Voluntariado1Mientras dure el programa

Cómo y dónde se presenta la prórroga de estancia de estudiante

La prórroga de estancia por estudios solo se presenta por internet. No hace falta cita.

  1. Revisa la fecha de caducidad

    Mírala en tu TIE o en la resolución. Apunta en el calendario el día en que empiezan los 2 meses previos.

  2. Prepara la matrícula y los papeles

    Pide al centro el justificante de matrícula del nuevo curso. Reúne extractos bancarios o carta de beca, seguro y pasaporte.

  3. Paga la tasa

    Modelo 790, código 052, epígrafe 1.1.2: 17,49 €. Se paga en la sede electrónica o en un banco colaborador.

  4. Presenta por medios electrónicos

    Tú con certificado digital o a través de un representante, en la plataforma Mercurio. La solicitud va a la Oficina de Extranjería de la provincia donde te dieron la autorización inicial, aunque ahora vivas en otra.

  5. Espera la resolución

    Tienen 1 mes. Si te piden un documento, contesta en el plazo que te den.

  6. Renueva la TIE

    En el mes siguiente a la notificación, en persona en la Policía. Tasa: 19,30 € (modelo 790, código 012) para la TIE que documenta una prórroga de estancia.

Trabajar mientras estudias: qué pasa con la prórroga

El artículo 57 del Reglamento une tu permiso para trabajar a tu estancia de estudiante:

  • En estudios superiores, la autorización ya te deja trabajar por cuenta ajena o propia, sin otro trámite, si el trabajo es compatible con los estudios.
  • En los demás estudios, necesitas pedir una autorización de trabajo. Su tasa es de 122,30 € según la Orden PJC/617/2025.
  • El límite general es de 30 horas semanales, en la comunidad autónoma donde te dieron la autorización. Si lo superas, pueden retirarte la autorización.

Lo más importante: si te conceden la prórroga de estancia por estudios, tu autorización de trabajo se prorroga de oficio. Pero si te la deniegan, pierdes también el permiso para trabajar. Por eso no conviene arriesgarse con los plazos.

Cuando terminas: de estudiante a residencia y trabajo

La prórroga sirve para seguir estudiando. Cuando acabas y quieres quedarte a trabajar, el trámite es otro: la modificación de tu estancia a residencia y trabajo (art. 190 del Reglamento).

  • Se pide en los 2 meses anteriores o los 3 posteriores al fin de tu estancia o a la obtención del título.
  • La tasa es de 10,94 €.
  • No sirve para todos los estudios: por ejemplo, no vale para los cursos de idiomas.

Te lo contamos con detalle en cómo pasar de estudiante a trabajador. Si tu estancia caducó y no pediste la prórroga, revisa con nosotras otras vías, como el arraigo socioformativo.

No lo dejes para el último día

Presentar fuera del plazo de 2 meses puede traerte una sanción, y una denegación te deja sin estancia y sin permiso de trabajo. Si tu matrícula se retrasa o no tienes los medios económicos, consulta antes de que caduque tu autorización.

Te ayudamos con tu prórroga

Revisamos tus papeles, calculamos el plazo de tu prórroga de estancia de estudiante y la presentamos por internet. Atendemos en Menorca y Mallorca y online en toda España. La primera valoración es gratis. Si necesitas una consulta completa, son 30 minutos por 30 €, que se descuentan si contratas el trámite. WhatsApp: +34 627 65 27 23.

Información general actualizada en septiembre de 2026. Cada caso necesita un estudio personal.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo tengo que pedir la prórroga de estancia por estudios?

En los 2 meses anteriores a que caduque tu autorización. Si presentas en ese plazo, tu autorización sigue válida hasta que te respondan. El Reglamento también la admite en los 3 meses siguientes a la caducidad, pero entonces te pueden abrir un expediente de sanción.

¿Qué requisitos tiene la prórroga de estancia por estudios?

Pasaporte con al menos un año de validez, matrícula pagada del nuevo curso, medios económicos (100 % del IPREM al mes, salvo alojamiento pagado), seguro de enfermedad y la tasa. La Oficina comprueba de oficio que no tengas antecedentes penales en España.

¿Cuánto cuesta renovar la estancia por estudios?

La tasa de la prórroga es de 17,49 € con el modelo 790, código 052, según la Orden PJC/617/2025. Después pagas la TIE: 19,30 € con el modelo 790, código 012. Son importes oficiales vigentes en septiembre de 2026.

¿Dónde se presenta la prórroga de estancia de estudiante?

Solo por medios electrónicos, por ti con certificado digital o por un representante. Se dirige a la Oficina de Extranjería de la provincia donde obtuviste la autorización inicial. Si estudiaste en Palma y ahora estás en otra provincia, sigue yendo a la Oficina de Illes Balears.

¿Cuánto tardan en contestar la prórroga?

El plazo es de un mes. Si pasa ese mes sin que te notifiquen la resolución, la prórroga se entiende denegada por silencio administrativo. En ese caso conviene consultar enseguida para valorar un recurso u otra vía.

Estudio un grado de 4 años, ¿tengo que pedir la prórroga cada año?

Normalmente no. En estudios superiores, la autorización dura la duración oficial de los estudios. Lo que tienes que hacer es aportar la nueva matrícula al inicio de cada curso. La prórroga solo hace falta si necesitas más tiempo del que cubre tu autorización.

¿Puedo seguir trabajando si pido la prórroga?

Sí, si la presentas en plazo, porque tu autorización sigue vigente mientras la resuelven. Si te conceden la prórroga, tu permiso de trabajo se prorroga de oficio. Si te la deniegan, pierdes también el permiso de trabajo. El límite general es de 30 horas semanales.

Se me pasó el plazo de la prórroga de estancia por estudios, ¿qué hago?

Si no han pasado 3 meses desde la caducidad, todavía puedes presentarla, aunque con riesgo de sanción. Si han pasado más, la prórroga ya no es posible y hay que estudiar otras opciones, como una nueva solicitud o el arraigo. Consulta cuanto antes.

CT

Carla Tortajada

Abogada. Colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), n.º 34951.

Ejerce la abogacía desde 2010. Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona. Redacta y firma las guías jurídicas de esta web.

Sigue leyendo

Te puede interesar

Joven estudiando en una biblioteca con libros y portátil

Estancia por estudios en España: visado de estudiante, requisitos, trabajar 30 horas y pasar a residencia y trabajo al terminar. Consulta tu caso gratis.

Leer más
Birrete de graduación con un diploma atado con cinta roja

¿Estudias en España y quieres quedarte a trabajar? Te explicamos la modificación de estancia por estudios a residencia y trabajo: requisitos y plazos.

Leer más
Arraigo socioformativo: estudiante adulto escribiendo en clase

Arraigo socioformativo 2026: qué estudios valen, requisitos, plazos de matrícula y cuántas horas puedes trabajar. Te lo explicamos fácil. Escríbenos.

Leer más
Antecedentes penales: manos poniendo un sello en un documento

Qué certificado de antecedentes penales te piden en extranjería, cuándo apostillarlo o legalizarlo y cómo traducirlo. Evita que te devuelvan el trámite.

Leer más
Montañas de la Serra de Tramuntana, en Mallorca, bajo un cielo nublado

Abogado de extranjería en Mallorca: online y con desplazamientos a toda la isla. Dónde hacer la TIE, el padrón y el arraigo en cada pueblo. Valoración gratis.

Leer más
Torre de defensa de Fornells, en Es Mercadal (Menorca), sobre una colina con vegetación baja

Abogado de extranjería en Menorca, con sedes en Ciutadella y Maó. Dónde hacer la TIE, el padrón y el arraigo en cada municipio. Primera valoración gratis.

Leer más

Opiniones reales en Google

Lo que dicen quienes ya confiaron en nosotras

★★★★★

Muchas gracias Montse!! De corazón!! Hoy me has dado una gran gran noticia que tanto estaba esperando, y después de DUROS 4 años, llegas tú y me ha salido está gran sorpresa, MI DOCUMENTACION, GRACIAS A TI❤️🫀, por tu compromiso,tú más sincero entendimiento, por tu GRAN APOYO, por la gran ayuda de tu EQUIPO, tú compania, y presencia en todo momento. Me siento muy agradecida, GRACIASS🙏🏾.

Valentina C. · Google, Maó, julio de 2026
★★★★★

Muy contenta con mi proceso de extranjería, excelente atención en su despacho y diligente en cada paso de mi proceso, la recomiendo al 100%

Yamile C. · Google, Maó, noviembre de 2025
★★★★★

Excelente atención en su despacho muy eficiente, una letrada con bastante experiencia en procesos de extranjería 10 de 10

Ferney C. · Google, Maó, noviembre de 2025
★★★★★

Grandísima abogada Nos asesoró no brindó ayuda y calma inmediata Muy profesional y atento con los casos Recomendadisima.

Erick V. · Google, Maó, enero de 2025
★★★★★

Exelente estudio jurídico y gente muy amable y voluntariosa. Hicieron un exelente trabajo con mi caso el cual salió aprobado. Estoy muy contento con su asesoría. Recomendado 100% son maravillosos como equipo y persona!!!

Simón G. · Google, Ciutadella, agosto de 2026
★★★★★

Excelentes personas y muy profesionales, te ayudan en todo tipo de casos y son muy correctos y nobles! Gran estudio jurídico, lo recomiendo de corazón, me han ayudado en mis trámites personales de forma eficiente. Gran servicio

Santiago O. · Google, Ciutadella, junio de 2026
★★★★★

Excelente servicio muy atentos al solicitar información responden pronto y el tramite sin problemas ya tengo mi favorable muchas gracias

Carlos M. · Google, Ciutadella, junio de 2026
★★★★★

Una abogada muy profesional y colaboradora. Me explicó los procedimientos legales con claridad y respondió y dio seguimiento rápidamente. Le agradezco su atención y credibilidad, y recomiendo trabajar con ella.

Said B. · Google, Ciutadella, junio de 2026
Primera valoración gratis · Consulta 30 min: 30 €

¿Quieres saber si tu caso tiene solución?

Primera valoración gratis. Si necesitas una consulta completa, son 30 minutos por 30 €, que te descontamos si contratas el trámite con nosotras.

Te respondemos en menos de 24 horas laborables. También por teléfono: +34 627 65 27 23. Atendemos en castellano, catalán, gallego, inglés y árabe.

Guías gratis en tu correo

Te avisamos cuando cambie la ley de extranjería

Un correo al mes, como mucho, con novedades explicadas de forma sencilla. Te puedes dar de baja cuando quieras.